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martes, 22 de marzo de 2011

LA RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO (RPT)

           
  Las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT), según la legislación vigente, son el instrumento técnico imprescindible para lograr una adecuada ordenación del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Deben incluir: la estructuración jerárquica y funcional, con cierto sentido anticipatorio, de cada departamento, la denominación de cada puesto de trabajo, su descripción y especificaciones, el sistema de provisión y el nivel de complemento de destino y específico. Son, por tanto, herramientas ineludibles para lograr una acertada provisión de puestos, para objetivar la promoción interna del personal, para desarrollar políticas retributivas que garanticen la igualdad, justicia y equidad, para diseñar planes realistas de Seguridad y Salud en el trabajo, para confeccionar programas de formación específicos y para preservar, en fin, un nivel aceptable de calidad de vida en el trabajo.

            Desde la aprobación en Pleno Municipal de fecha 29/12/2004 de la actual RPT, poco se ha avanzado en este sentido; y en esto, como en tantas otras cosas, si no se avanza, se retrocede. Retroceso materializado en la anacrónica organización jerárquica y funcional de algunas áreas, en obsoletas y contradictorias descripciones de puestos, en desactualizadas retribuciones  y en un progresivo deterioro del clima social en algunos departamentos. Para terminar con esta indeseable situación, CSI-F exigirá la actualización inmediata de la RPT. la puesta al día de los organigramas, la reforma de las descripciones de puestos, para que reflejen fielmente el contenido exacto de los mismos, la baremación objetiva de todos y cada uno de ellos, y la consolidación en el complemento específico de aquellos conceptos retributivos que correspondan estructuralmente al puesto.

VOTA CSIF

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